Mucho de lo que escribo,
procuro tenga doble dirección. Una, dirigida a mis compañeros de aula en la
cátedra de Gestión Pública y la otra, como forma de expresarme, conforme a mi
derecho ciudadano y haciendo uso del derecho a la libertad de cátedra, sobre la
realidad que vivimos los venezolanos.
En el caso de la gestión
pública, me he propuesto demos una mirada critica a la realidad a partir de la
teoría, enfatizando en la necesidad de despertar conciencias sobre la necesidad
de transformar esa realidad a partir de la concepción ciudadana que a todos
toca.
En días pasado, exponía lo
referido al marco legal y con él lo atinente a la jerarquía de las normas, así
como ellas son emanadas a partir de la división de los poderes. Claro que el
principio básico es la concepción que del estado nos dimos los venezolanos y
que es definido a partir de los principios de derecho y justicia, asunto antes
esbozado en escritos previos.
Y son justamente estos
principios, aunado a lo referente a la separación de poderes, los que me dieron
la base a los fines de analizar los últimos acontecimientos a lo interno de
nuestra frontera, pero que a todas luces no resultan en nada aislados ni
novedosos cuando nos permitimos recordar los hechos facticos a partir de la
elección de la Asamblea Nacional en diciembre de 2015.
Antes de discurrir sobre lo
más reciente, resulta clave retrotraernos justamente a la campaña electoral de
las elecciones parlamentarias y que da origen al título de lo que aquí escribo ¡Como sea! que más que mero eslogan, contenía una declaración clara de cuál sería
el proceder del gobierno nacional una vez perdido el poder legislativo, asunto
advertido por analista de la talla de Andrés Oppenhaimer y muchos otros más.
Claro que el aparente lema de
campaña, sujetaba de suyo, una amenaza al tiempo de emplearlo como disuasorio a
la voluntad de los electores, lo que no funcionó, aunque insisten en él con
otras maneras -mañas- y formas.
Una vez conocido los
resultados electorales, lo primero que se hizo, entre gallos y medianoche, fue
designar a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el 23 de
diciembre de 2016, violando el proceso con al menos 5 infracciones como expuso
José Ignacio Hernández en Prodavinci,
quienes precisamente, los noveles magistrado, luego desconocerían la voluntad
popular al des-proclamar -suspender- a
los diputados electos en el Amazonas, sin tener pruebas contundentes y a pesar
de corresponder al Consejo Nacional Electoral (CNE), como poder electoral, el
decidir sobre un supuesto fraude, asunto que debió dirimirse judicialmente a la
brevedad posible y que por el contrario, pasado más de 14 meses, aún no ha sido
tal, por lo que el estado Amazonas no posee representación en la Asamblea
Nacional (AN), pudiendo concluir que la celeridad de la justicia es tal, sólo
cuando beneficia a una parte -el gobierno-.
Estos dos hechos, marcarían la
pauta a los efectos de desconocer la capacidad y atribución legislativa de la
AN, asunto que se ha concretado en más de 50 decisiones del TSJ en contra de las
actuaciones de la AN como reporta Caraota
Digital, siendo hasta ahora -desde diciembre de 2015- aprobada la
Ley del Bono para Alimentación y Medicinas a Pensionados y Jubilados, luego de
superar importantes escollos, norma que a la fecha no ha sido aplicada, con lo
cual se deja en estado de indefensión, ante la inflación, a los adultos
mayores.
Asimismo, conviene destacar
que los asambleístas de todas las tendencias, convinieron en aprobar la Ley que
prohíbe el uso de teléfonos móviles e internet en cárceles del país, sin que
hasta ahora se materializará la misma, cosa sabida, percibida y padecida por
todos.
Como es del conocimiento
público, las recientes sentencias 155 y 156, emitidas por el máximo tribunal de
la república (TSJ) tuvieron dos efectos directos: 1º desconocer las
atribuciones de la AN y con ella invalidar la inmunidad de los parlamentarios,
y 2º habilitarse ellos mismos -el TSJ- y al presidente de la república, para
que legisle, con lo cual se rompió el principio de separación y autonomía de
poderes.
Antes de proseguir, es justo
destacar que el presidente Chávez, así como Maduro, se acostumbraron a este
tipo de disposiciones legislativas, en su carácter de presidente. En el caso
del presidente Maduro, según se aprecia en el diario El
Nacional, realizó vía habilitante, 94 decretos leyes, en tanto que
en igual período, la AN anterior (2013-2016), produjo 2 leyes, corroborando la
sumisión de aquella AN al poder ejecutivo.
Volviendo a las sentencias
referidas del TSJ (155 y 156), se habilitó al poder ejecutivo para la creación
de empresas mixtas, asunto que debe, de acuerdo a lo dispuesto en la
Constitución, ser aprobado por el poder legislativo.
A todas luces, las sentencias
bajo estudio rompieron el hilo constitucional, entiéndase, vigencia e
interrupción de la carta magna venezolana, asunto reconocido como tal, y así
denunciado, por la Dra. Luisa Estela Ortega en su condición de Fiscal General
de la República a quien corresponde por mandato legal garantizar el respeto a
los derechos y garantías constitucionales. Es así que el presidente de la
república convocó al Consejo de Defensa de la Nación (CODENA), que según el Art
323 constitucional es el: " (…) máximo organismo de consulta para la planificación
y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa
integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio territorial
(…)". Lo que no parece coincidir, según este escribidor, con el contenido
de las referidas sentencias, a pesar de hablar de estado de conmoción sin más
argumento.
En fin, el presidente de la
república por intermedio del CODENA se refiere a la interpretación, ajustada a
derecho, de parte de la fiscal en torno a las sentencias del TSJ 155 y 156,
como un impase y solicita al mismo tiempo al máximo tribunal a revisar su
propia sentencia, lo que, según los juristas venezolanos, resulta improcedente,
siendo si, estas sentencias, un delito como destacó la fiscal.
Pero el caso es que el TSJ, de
manera exprés -en 6 horas aproximadamente-, como fueron nombrados los jueces,
procedió en sentencias 157 y 158 a suprimir lo referido a las competencias de
los diputados -inmunidad- y las atribuciones de la AN, dejando si, disponible
para que el presidente pueda celebrar convenio y crear empresas mixtas, sin
requerir, como antes se destacó y dispone la constitución, la aprobación de la
asamblea nacional.
Ahora bien, si la actuación de
los magistrados del TSJ son un delito, que si lo es, la fiscal debe actuar y proceder
a sustanciar el expediente a los fines de considerar la destitución de estos
sentenciadores, coincidiendo con Claudio Fermín y otros: La
tarea incompleta de la fiscal.
Con todo este relatado, son
varios los aspectos que quiero destacar y que de seguida expongo: 1º Existe una
clara intensión de doblegar y desconocer, más que a la AN, a la voluntad de los
venezolanos expresadas en las urnas electorales en diciembre de 2015,
incluyendo las facultades de control y vigilancia que sobre la actuación del
poder ejecutivo corresponde. Véase caso de Rafael
Ramírez y PDVSA. 2º Se refuerza así, la pretensión hegemónica
del gobierno, lo que se vigoriza con el desconocimiento del llamado a
referéndum revocatorio por medio de las sentencias de tribunales penales -sin
competencia-, y la postergación, sin justificación alguna de las elecciones
regionales de parte del CNE. 3º Efectivamente, se rompió el hilo
constitucional, con lo que se configura en un golpe de estado judicial al
parlamento -sustituirlo por el parlamento
comunal-, siendo ello un delito -no hay delito sin delincuente-
por lo que, existiendo en un estado de derecho, entiéndase que como tal la
sujeción de los órganos del estado a la constitución y las leyes, quienes
cometieron el delito deben ser juzgados y sentenciados según se demuestre su
culpabilidad -atendiendo el principio de inocencia-. 4º Se evidencia la
subordinación de los poderes públicos -TSJ, CNE y poder moral-, al ejecutivo
nacional, cuando estos actúan a razón de ordenes o anuncios que desde el
ejecutivo o del partido de gobierno de realizan, como el caso de las elecciones
y otros más. Atención que ya el Sr.
Freddy Bernal anuncio que probablemente este año tampoco
haya elecciones. 5º Lamentablemente, el gobierno viola el estado de derecho
cuando continúa apresando sin orden a políticos que pretende juzgar en
tribunales militares, a quienes imputan delitos de traición a la patria, y no
ante sus jueces naturales como el caso de Roberto
Enrique de COPEI, así como no liberar a 18
presos políticos con órdenes de excarcelación y permitir la violencia
en protestas pacíficas, lo que cada día más es parte de la
cotidianidad, lo que lleva a inferir que desde el gobierno se procura un
enfrentamiento entre venezolanos.
Este es el resultado y la
materialización de aquel ¡Como sea! Toca
entonces a los venezolanos, asumir nuestras responsabilidades individuales y
colectivas, y actuar en consecuencia, siempre dentro del marco legal y por la
vía democrática, pacífica y electoral.
¡Dios
nos ilumine!
“No aceptes lo habitual como cosa natural, porque en tiempos de desorden, de confusión organizada, de humanidad deshumanizada, nada debe parecer natural. Nada debe parecer imposible de cambiar”. (Bertolt Brecht)
ResponderEliminarLamentablemente, en Venezuela nos acostumbramos a “aceptar lo habitual como cosa natural”, porque “las disuasiones a la voluntad de los electores”, así como “la celeridad de la justicia es tal, solo cuando beneficia a una parte – el gobierno”, y es que estas “mañas” a la hora de gobernar violando todos los derechos constitucionales son de larga data, solo por referir algo: ya en el año 2008, cuando el oficialismo pierde la Gobernación de Estado Bolivariano de Miranda, se llevan a cabo una serie de cambio estructurales, con el único fin de centralizar el poder (pese a que en nuestra carta magna: Art. 6 de la CRBV, se establece lo siguiente: “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”) y restarle fondos presupuestarios al estado, transfiriendo así la Fundación de Transporte de Estado Miranda (FUNTRAMIR) al Ministerio de Transporte (MINTRA), según Gaceta Oficial Nro. 39068 de fecha 27/11/2008, así como la transferencia de los Establecimientos y Unidades Móviles de Atención Médica adscrita a la Gobernación del Estado Miranda pasaron a formar parte del Ministerio del Poder Popular para la Salud de acuerdo a la publicación en Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 39.072, ordenada mediante el decreto No. 6.543 de la Presidencia de la República y tiene como fin "garantizar el acceso a los establecimientos de salud, adoptando políticas, planes y estrategias, a fin de mejorar la calidad de vida de la colectividad".
Cabe decir que en la actualidad para ambos sistemas, la administración cuya función es coordinar los esfuerzos de las personas por alcanzar metas y objetivos, utilizando los recursos disponibles de manera eficiente, es un concepto totalmente desconocido, y muestra de ello es el deplorable estado de Hospital Victorino Santaella (con capacidad arquitectónica para 440 camas), cuyo nivel de desabastecimiento en cuanto a insumos médicos elementales como lo son inyectadoras, guantes, tapabocas entre otros, y para completar también falta de alimentos para el menú de los pacientes, así como el grado de insalubridad por falta de asepsia, están a la orden del día.
Igualmente, la gestión de Funtramir, por parte del Gobierno central, ha dejado cuantiosas pérdidas al Estado, en primer lugar debido a las altas sumas de dinero por medio de las cuales fueron adquiridas las unidades de transporte y en segundo lugar, los cementerios de autobuses que hoy día tenemos en diversos estacionamientos y específicamente en el estado Miranda.
Siendo esto una muestra de la ineficiente administración que impera en todos los sistemas del país.
Así pues, este gobierno que se vanagloria de democrático, socialista, participativo, “descentralizado”, “responsable” y de “mandatos revocables”, no ha hecho más que violar la carta magna ¡Como sea!, dejando en ruinas nuestras instituciones y cuadrando todo a su favor en detrimento de los derechos e intereses de todos los venezolanos.
En tal sentido, nuestra responsabilidad hoy es reclamar por los derechos consagrados en la constitución.
Yennifer Monasterio
C.I. V-16.887.453
El Como Sea, es una frase usada por varios adeptos al oficialismo, con la cual hacen referencia a la permanencia perpetua que desean tener en el poder, y de esta forma seguir sacando provecho de la "Hacienda Venezuela" (Es como ellos ven a Venezuela, la haciendita que les da la riqueza), hasta el año 2015 ellos contaban con el manejo absoluto de los cinco poderes, hasta que se efectuaron las elecciones legislativas y no contaron con que esas elecciones las perderían, unas de las últimas acciones efectuados por los parlamentarios adeptos al oficialismo fue el nombramiento de los magistrados del TSJ, magistrados elegidos a dedo, con la finalidad de ir usurpando las funciones de la asamblea nacional, a través de la sala constitucional, irrespetando la Constitución.
ResponderEliminarReice Prato
V-16.889.310
PNF 10P